Tasaciones - GTO

Vaya al Contenido

Menu Principal:

Servicios

TASACIONES



La valoración se realiza en función de las características propias del bien objeto de valoración y depende de diversas variables.

Existen cuatro métodos de valoración, establecidos en la Orden ECO/805/2003, normativa de referencia en las valoraciones de bienes inmuebles:

* Método del coste: Sirve para calcular el valor de reemplazamiento de un inmueble, como suma de inversiones necesarias para reponerlo por otro de sus mismas características y calidad realizado con materiales y tecnologías actuales.

* Método de comparación: Se basa en el principio de sustitución, por el que el valor de un inmueble es equivalente al de otros activos de similares características sustitutivos de aquel, y consiste en determinar el valor de un inmueble sobre la base de datos de venta de propiedades parecidas.

* Método de actualización de rentas: Se basa en el principio de anticipación, según el cual el valor de un inmueble que se encuentre en explotación económica en función de las expectativas de renta que previsiblemente proporcionará en el futuro, y su valor vendrá determinado por el valor presente de todas las rentas netas futuras.

* Método residual: Basado en el principio, por el cual el valor atribuible a cada uno de los factores de producción de un inmueble es la diferencia entre el valor total de dicho activo y los valores atribuibles al resto de los factores, y en el principio de mayor y mejor uso, que dice que el valor de un inmueble susceptible de ser construido con distintos usos e intensidades edificatorias, será el resultado de destinarlo, dentro de las posibilidades legales y físicas, al uso más probable y que económicamente (rentabilidad) resulte más aconsejable, con la intensidad (edificabilidad) que permita la obtención del mayor valor.

El uso de uno y otro método dependerá del tipo de inmueble y de la finalidad de la tasación.



Los motivos por los que se puede necesitar una tasación son muy variados, algunos de ellos son:

* Valoraciones patrimoniales.
* Valoraciones activos de empresas.
* Registro mercantil.
* Herencias.
* Contenciosos.
* Contradictorias de la Agencia Tributaria.
* Compra-Venta de inmuebles.
* Alquiler de inmuebles.
* Créditos con garantías reales.
* Daciones en pago.
* Compra-Venta de empresas.
* Recuperación de crédito.
* Etc.


Todos esos motivos pueden encuadrarse en las siguientes finalidades:

* Asesoramiento.
* Garantía hipotecaria.
* Determinación del valor de mercado.
* Provisiones técnicas de las entidades aseguradoras.
* Patrimonio de las instituciones de inversión colectiva inmobiliaria.
* Patrimonio inmobiliario de los fondos de pensiones.
* Etc.



En GTO valoramos todo tipo de inmuebles, tales como:

* Edificios completos o unidades de:

* Viviendas.
* Oficinas.
* Locales comerciales.
* Plazas de garaje.

* Edificaciones industriales.
* Terrenos y solares.
* Fincas rústicas.
* Inmuebles ligados a una explotación económica:

* Hoteles.
* Campos de golf.
* Aparcamientos.
* Gasolineras, etc.

* Y cualquier otro que pueda necesitar.

Aquí podrá ver o descargar las normativas referentes al campo de la tasación:

* ECO/805/2003


* Real decreto 775/1997


* Circular BOE España 4/1999


 
Regreso al contenido | Regreso al menu principal